El Tribunal Supremo estableció en junio de este año que los dos progenitores puedan cobrar a la vez el complemento de maternidad en sus pensiones.

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo fijó como doctrina que los dos progenitores puedan cobrar de forma simultánea el complemento de maternidad por aportación demográfica, vigente desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.

Según la sentencia, el complemento “puede ser obtenido por mujeres u hombres que cumplan los requisitos en él previstos, sin tomar en consideración la circunstancia de que el otro progenitor (o persona asimilada) también tenga o pueda tener derecho a su percepción”.

Por tanto se ha creado una jurisprudencia que implica que es discriminatorio por razón de sexo no reconocer el complemento a aquellos hombres que cumplen con los mismos requisitos que cualquier mujer ya beneficiaria. Esta sentencia abre la puerta a aquellos hombres que cumplen con los requisitos para que reclamen el complemento con éxito.

Desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.

Esta mejora económica de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente para progenitores con dos o más hijos ha sido sustituida por el Complemento por Brecha de Género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021 con el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.

Con esta nueva ley los expertos juristas indican que ahora este segundo complemento es menos beneficioso y de mucho más difícil acceso para los hombres. Además el complementos a partir e 2021  no lo pueden percibir ambos progenitores a la vez ya que exige que el padre acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento de su hijo/a.

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